¿Qué hacer si tu inquilino no paga todo el alquiler?

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En Soluciones y Mediaciones consideramos interesante la sentencia del Tribunal Supremo que mostramos a continuación.

El Tribunal Supremo dictó con fecha 22 de abril de 2015, sentencia en recurso de casación que trae causa de un juicio verbal de desahucio por falta de pago, relativo no a la falta de pago de la renta, sino de las cantidades asimiladas a la renta. Esto significa que el inquilino solo pagó parte del alquiler.

La conducta del arrendatario no revela un claro incumplimiento de las obligaciones asumidas contractualmente, sino que mantiene una seria discrepancia con la propiedad de la vivienda, en cuanto a la justificación de las cantidades exigidas que en forma alguna puede dar lugar a la resolución del contrato arrendaticio.

La solución para la situación creada por el arrendatario en este caso, consiste en que antes de iniciar un procedimiento de desahucio por falta de pago, por parte del propietario, es necesario acudir antes a un Juicio Verbal de determinación de renta, para que se fijen las cantidades asimiladas por los Tribunales. Si después de esto el arrendatario persiste en su conducta de cuestionar las cantidades asimiladas, se podría acudir a un juicio de desahucio por falta de pago, con expectativas de conseguir la resolución del contrato de arrendamiento.

Noricia vía CAFMadrid