El Real Decreto 736/2020 de 4 de agosto, por el que se regula la contabilización de consumos individuales en instalaciones térmicas de edificios, ha sido muy esperado en el sector.
Con él se completa la trasposición de la Directiva 2021/27/UE de Eficiencia Energética, que debería haberse aprobado hace años, y que motivó que en 2015, la Comisión Europea iniciase un procedimiento de infracción a España por no haber traspuesto la Directiva de Eficiencia Energética en los plazos establecidos.
Ahora que la ley está definitivamente aprobada, ¿qué aspectos fundamentales se debe tener en cuenta para asesorar adecuadamente a las comunidades de propietarios?
¿A qué comunidades de propietarios afecta?
La normativa afecta a edificios con sistemas de calefacción o refrigeración construidos antes de la aprobación del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE) de 1998.
Quedan exentos de la instalación de contadores individuales los edificios situados en las zonas más cálidas del país, en los edificios en los que técnicamente no sea viable (algo que deberá acreditar un instalador cualificado) o en las que la inversión no pueda recuperarse en un máximo de cuatro años, a partir de los ahorros que se pueden generar.
¿Qué tipo de contabilización deben instalar?
Aunque la norma establece la necesidad de instalar contadores, excepcionalmente en instalaciones de calefacción donde esta opción no sea técnicamente viable (instalaciones de calefacción por columnas) será obligatorio instalar repartidores de costes de calefacción. Además, el RD recoge que los sistemas de contabilización de consumos instalados deberán disponer de un servicio de lectura remota.
¿Cuánto se puede ahorrar?
La norma estima que la instalación de contadores individuales puede suponer un ahorro económico medio del 24% del gasto total del edificio y, en consecuencia, en la mayor parte de los casos la inversión necesaria para instalar los dispositivos queda recuperada en un plazo inferior a cuatro años.
Para que este ahorro sea posible, los usuarios finales de las instalaciones térmicas “deberán contar con los medios necesarios para el control de su propio consumo; bien de control manual o bien de control automático, tales como válvulas termostáticas en cada radiador, o válvulas de zona asociadas al termostato ambiente”.
¿Cómo se repartirá el gasto de los vecinos una vez instalada la contabilización individualizada?
La determinación del peso que deben tener los costes fijos y los variables del sistema de calefacción y refrigeración dependen de lo acordado por la comunidad de vecinos. No obstante, los legisladores sugieren que la parte variable debería ser del 60 al 75% del coste total, según las recomendaciones técnicas de la empresa mantenedora de la instalación térmica.
¿Qué deben hacer las comunidades de propietarios?
La norma establece dos plazos: una fecha límite para obtener al menos un presupuesto estandarizado que determine la viabilidad técnica y económica y otra fecha límite para tener activa la instalación, que será 15 meses después.
Estos plazos varían en función de la zona climática en la que se encuentre el edificio. En el caso de la Comunidad de Madrid, que mayoritariamente se encuentra ubicada en la zona climática D, la fecha límite para pedir presupuesto a un instalador autorizado es:
• 1 de julio de 2021 en edificios de 20 viviendas o más
• 1 de diciembre de 2021 en edificios de menos de 20 viviendas.
No obstante, los que trabajamos en el sector recomendamos no apurar en exceso los límites, dada la gran demanda que sufrirán los instaladores en los próximos meses.
El presupuesto que realice la empresa instaladora autorizada deberá ser gratuito y atenerse a la estructura que detalle el Real Decreto en su Anexo III.
¿En qué beneficia esta norma?
El objetivo de esta ley es mejorar el rendimiento energético en edificios, basándolo en el consumo individual. Gracias a la contabilización individualizada cada vecino pagará por la energía que consume, lo que fomenta que se realice un uso optimizado de la instalación, reduciendo en consumo de energía (sin renunciar al confort) y, en consecuencia, disminuyan las emisiones de gases contaminantes a la atmósfera.
Es el momento, además, de resolver patologías existentes en los edificios como el desequilibrio hidráulico y térmico por el que la calefacción apenas llegaba a algunas viviendas mientras otras tenían que abrir las ventanas por exceso de calor. Esto se puede solucionar con los elementos de regulación y control como, por ejemplo, las válvulas termostáticas. Es por ello recomendable que el instalador goce de experiencia no sólo en el montaje de los equipos de individualización sino también en instalaciones térmicas e hidráulicas.