En la adquisición de la vivienda se establecerá una situación de proindiviso, por la que hay una propiedad común que pertenece a diferentes titulares de forma conjunta.
La adquisición se formalizará mediante escritura pública y en la misma, las partes dejarán constancia por escrito de sus acuerdos en referencia a ese bien, como por ejemplo el porcentaje que cada uno adquiere.
Asimismo, la redacción es realizada por un notario, que velará para que esos acuerdos se adecuen a la legalidad y controlará la validez del negocio, además de garantizar la identidad y capacidad de los intervinientes, entre otras cosas.
Dicho documento debe incluir tanto la participación de cada uno tanto en el dinero aportado en la compra como en la hipoteca, como lo convenido para el supuesto de que se produzca una ruptura de la pareja; incluso lo que se pacta para el caso de que si ninguno quiera la propiedad una vez disuelta la relación.
Respecto a la hipoteca, es importante señalar, sea cual sea la participación de cada uno, ambos serán responsables a devolver el 100% del capital prestado. Al igual que los avalistas. En conclusión, los aspectos fundamentales que deben contemplarse en una situación así van a ser los siguientes:
- Será fundamental que la pareja que va a adquirir la vivienda fije exactamente el porcentaje que compra cada uno.
- Es muy recomendable un pacto en caso de futura disolución de la pareja.
- Si hay hipoteca, y especialmente si avalan los padres de alguna de las partes que compra la vivienda, será conveniente firmar un pacto familiar en el que se fijen las obligaciones entre las partes con los progenitores.
Es recomendable, estableciendo una serie de premisas, que aclaren la situación en el supuesto de que se produzca la separación o fallecimiento de una de las partes, y elevarlo a escritura pública. De esta forma evitaremos conflictos futuros.