Todo lo que debes saber sobre una derrama en una comunidad de propietarios

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Vivir en comunidad siempre requiere un mayor nivel de adaptación que hacerlo de manera independiente ya que deberás compartir espacios y zonas comunes con todos los vecinos.

Al comenzar a formar parte de una comunidad de vecinos pueden surgir ciertas dudas, sobre todo aquellas ligadas al ámbito económico, como  es el pago de las famosas derramas.

La Ley de Propiedad Horizontal, comenta que la derrama de una comunidad es una cuota extraordinaria que se recauda para hacer frente a un determinado gasto que no estaba previsto entre los gastos comunes y corrientes de la comunidad.

Los aspectos más habituales que cubren las derrama de las comunidades son:

  • Solución de humedades o de plagas
  • Arreglos de desperfectos en la fachada del edificio
  • Reparación o instalación de ascensores
  • Renovación o cambios de las instalaciones eléctricas
  • Mejoras en las tuberías

Hay que tener en cuenta que  es obligatorio pagar la derrama por parte de todos los propietarios de viviendas que conforman el edificio, salvo que un juez autorice la suspensión de dicho pago. Los acuerdos adoptados por la comunidad de propietarios, desde que se aceptan favorablemente y se cierra el acta, han de ser cumplidos por todos los propietarios.

¿Quién debe pagar las derramas de la comunidad?

La Ley de Propiedad Horizontal dictamina que las derramas para el pago de mejoras realizadas en el inmueble “serán a cargo de quien sea propietario en el momento de la exigibilidad de las cantidades afectadas al pago de dichas mejoras”.

En el caso de ser inquilino y no propietario, el artículo 20 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establece que arrendador y arrendatario podrán pactar estos gastos de sostenimiento del inmueble, sus servicios, pero, por norma general, los inquilinos no están obligados a abonar el importe correspondiente a las derramas, sean cuales sean.

¿Cómo se establece cuánto debe pagar cada propietario?

La Ley de Propiedad Horizontal no determina límites mínimos o máximos para la derrama. Para su cálculo hay que basarse en el coeficiente de propiedad que aparece en las escrituras de cada piso o local, repartiendo así de forma proporcional el gasto entre todos los propietarios.

El importe de la derrama que tiene que aportar cada vecino suele ir en función de la cuota de participación que cada piso o local tiene asignado en el título constitutivo respecto de los elementos y servicios comunes.

Fuente «Idealista»