¿Tienes un vecino ruidoso?

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Puede llegar a ser muy frustrante convivir día a día con un vecino que es muy ruidoso, más aún si es en las horas de descanso, pudiendo llegar a provocar riesgo cardiovascular, hipertensión, enfermedades del corazón e infartos y trastornos del sueño entre otras. Por ello, aquí os dejamos unas recomendaciones de CAF Madrid para saber cómo lidiar con un vecino ruidoso.

Pasos a seguir ante vecinos ruidosos

La primera recomendación es el diálogo. Identifiquemos qué vecino es el causante del ruido y pongámonos en contacto con él o ella para exponerle el problema y pedirle que mitigue el sonido. Si este primer paso no da resultado, lo habitual es poner en conocimiento del presidente de la comunidad la situación y será este (aunque también puede ser el propio afectado) el que advierta al residente que ocasiona las molestias de las acciones administrativas y/o judiciales que se pueden adoptar si no ceja en su actitud.

Según la última encuesta de CAFMadrid, sólo un 18% de los casos se suele arreglar con una llamada de atención. El 80% de las quejas por ruido derivan en una denuncia ante la Policía y en el 20% de los casos se inicial acciones judiciales. A la hora de decidir recurrir a la vía judicial, es fundamental recabar pruebas, que en este caso supondría realizar mediciones de sonido para establecer que se superan los límites establecidos por las normativas vigentes.
Además, hay que tener en cuenta que la vía judicial requiere que sea la comunidad de propietarios quien realice la denuncia, por lo que es necesario convocar una junta general y hacer constar el problema en el orden del día. A continuación, debe requerirse vía burofax al vecino ‘ruidoso’ que desista de seguir con sus actividades molestas. Si esto no funciona, la comunidad de propietarios entablará lo que se denomina una acción de cesación y si el tribunal le da la razón a la comunidad, el residente denunciado no sólo tendrá que dejar de hacer ruido, sino que también se puede enfrentar a una sentencia que le obligue a indemnizar a los perjudicados e incluso puede darse el caso de que se le prive del derecho de su vivienda o local por un período de hasta tres años.

 

Fuente: CAFMadrid