Ahora que ha llegado el mes de octubre y con él también los vientos fríos. Es común comenzar a quedarse más tiempo en la ducha aprovechando el agua caliente. Por ello el Colegio de Administradores de Fincas de Madrid ha realizado un ártico en relación con los calentadores del agua que os transcribimos a continuación.
Para la medición de consumos en viviendas, es preciso distinguir entre contadores para el agua fría y contadores para el agua caliente.
Según se indica en la Ordenanza de Gestión y Uso Eficiente del Agua publicada en 2006, en la ciudad de Madrid es obligatoria la instalación de ambos contadores para los edificios construidos con posterioridad a la publicación de dicha ordenanza. Para los edificios construidos anteriormente también es obligatoria a partir del año 2009.
Por otra parte, la medición individual del consumo de agua caliente también es obligatoria a nivel estatal para aquellos edificios sujetos al RITE (Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios). Es decir, para aquellos construidos a partir de 1998 o que han sido sometidos a reformas en su infraestructura energética.
En la actualidad en España, una gran parte de los contadores de agua instalados en las viviendas tienen una antigüedad mayor a 10 años con lo que la medición que realizan puede no ser correcta; con el paso del tiempo los aparatos pierden precisión en el contaje y se producen lecturas anómalas. Esto se traduce en que los vecinos no pagan lo que realmente consumen.
Para solucionar este problema y que las familias sepan, y paguen, lo que consumen realmente, el Gobierno ha publicado un Proyecto de Orden que obligará a cambiar, entre otros instrumentos de medición, los contadores de agua con más de 12 años de antigüedad.
De esta forma las familias podrán establecer un control sobre el consumo de agua consiguiendo así aparte de un gran ahorro económico, una mejora medioambiental. Esta medida ya se aplica en otros países de la Unión Europea.
En la actualidad el periodo de vida útil o lo establecen las empresas de gestión de lecturas de consumos o directamente se sustituyen los contadores cuando se detectan lecturas evidentemente erróneas. Esto provoca que existan casos de aparatos de medición con más de 25 años de antigüedad.
Además, un problema que aparece al realizar las lecturas de los consumos es que muchos contadores de agua carecen de tecnología para la transmisión de datos. Es decir, requieren una lectura presencial para obtenerlos, algo que muchas veces es imposible pues no se puede acceder al interior de las viviendas por diversas causas.
Para evitar estas situaciones la reciente publicación de la nueva Directiva Europea de Eficiencia Energética plantea nuevas disposiciones. Una de ellas es la obligación de instalar contadores de lectura remota para los contadores instalados a partir del 25 de octubre de 2020. Los que ya estén instalados, deberán ser sustituidos por este tipo de dispositivos antes del 1 de enero de 2027.
El hecho de renovar el parque de contadores con dispositivos inteligentes evitará situaciones actuales como las manipulaciones que falsean los consumos. Asimismo, estos contadores permitirán al usuario final disponer de una información mucho más exacta, más periódica y de acceso inmediato al estar disponibles de manera online.
Autor: Pablo García
Fuente: CAF
Imagen: Delo