¿Qué impuestos hay que pagar por pertenecer a una comunidad de vecinos?

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Unos ejemplos de las actividades que puede tener una comunidad de propietarios pueden ser: ingresar los beneficios del arrendamiento o de la venta de zonas comunes y pagar por rendimientos profesionales y de trabajo, en el caso de tener porteros, conserjes o administradores de fincas aunque por ley no tenga personalidad jurídica, esta sí ostenta la condición de “obligado tributario”, por lo que estará sujeta al pago de los impuestos. ¿Cuáles son estos tributos y quién es responsable de que se cumpla la obligación con Hacienda? Los expertos despejan las dudas en este ámbito.

En muchos casos, las comunidades de vecinos llevan a cabo actividades económicas que generan ingresos, como la colocación de lonas con anuncios en las fachadas”. No obstante, para determinar los impuestos que tendrán que abonar, habrá que atender al tipo de actividad que desarrolla.

Por el avance de la digitalización, también es importante que la comunidad de vecinos disponga de un certificado electrónico que permita realizar la presentación de autoliquidaciones de impuestos, declaraciones o comunicaciones con Hacienda.

También deben presentar, en febrero, el modelo 347. Se trata de una declaración anual de las operaciones con terceras personas, en el que se declaran los pagos que superen los 3.000 euros o las adquisiciones de bienes o servicios que se efectúen al margen de las actividades profesionales o empresariales.

Sin embargo, los suministros comunitarios de electricidad combustible con destino a su uso y el consumo de agua, junto con los seguros de las zonas comunes, no se deberán incluir. Pero habrá que ingresar a Hacienda el IVA, a través de una declaración trimestral, si la comunidad lleva a cabo actividades económicas como el arrendamiento de espacios comunes.

Además, las rentas generadas por la comunidad de vecinos se imputan a cada uno de los comuneros como ingresos o rentas imputadas para que las declaren a Hacienda, lo que se conoce como régimen de atribución de rentas. El responsable de la renta imputada es cada uno de los copropietarios.

Aunque las comunidades de vecinos no suelen ser un foco de evasión fiscal, durante los últimos años la Agencia Tributaria se ha puesto más firme a la hora de perseguir posibles fraudes. por lo que es necesario cumplir con los plazos y fechas previstas para las presentaciones que correspondan en Hacienda.

Fuente»El País»