La abogadas Itzíar Echeandía y Rosa Alevito, de Echandía & Alevito Abogados, han respondido a las dudas de los lectores sobre el mercado inmobiliario.
Pregunta: Hola, estamos de alquiler y tenemos la duda de a quien corresponde hacerse cargo del pago de la revisión obligatoria del gas si no viene especificado en el contrato de alquiler. Muchas gracias.
Respuesta: A nuestro juicio, se trata de un gasto del que debe responder el propietario del inmueble por ser necesario para mantener la vivienda y sus instalaciones en uso.
Pregunta: Tengo una vivienda de VPT comprada en el 2004 en Madrid capital. ¿Cómo tendría que proceder para poder quitarle la protección?
Respuesta: La descalificación opera de forma natural por el transcurso del tiempo de duración del régimen de protección, pero también puede en algunos casos realizarse de forma voluntaria, o ser impuesta como sanción.
El plazo y condiciones en que puede procederse a la descalificación voluntaria depende de la tipología de la vivienda y el Plan de vivienda al que esté acogida, y de las ayudas concedidas en su momento al adquirente. Para conocer exactamente la situación de su vivienda, necesita el número de expediente de construcción y la fecha de la calificación definitiva.
Con estos datos (o con copia de la escritura de compra o de la cédula de calificación), puede obtener la información referida a su vivienda en la Oficina de Vivienda de la Comunidad de Madrid, o en la Dirección general de la Vivienda y Rehabilitación. La consulta a la OV puede hacerse presencialmente o por otros medios (email, correo postal…).
Pregunta: Qué hacer cuando un vecino que además no es propietario, te hace la vida imposible con ruidos a medianoche y de madrugada.
Respuesta: En el supuesto de que su vecino no atienda sus quejas, le recomendamos que haga intervenir a la Comunidad de Propietarios de modo que se adopte el acuerdo en Junta de requerir al propietario de la vivienda para que conmine a su inquilino para que cese en tales comportamientos. En función de la gravedad de la situación, también puede denunciar el hecho ante los servicios municipales para que se persone una patrulla de policía municipal y lleve a cabo una medición de ruidos. En función de cual sea el resultado podría derivarse la apertura de expediente sancionador.
Pregunta: Vivo de alquiler en un piso de renta antigua,el propietario me ha comunicado por medio de un notario que quiere vender el piso,y si no lo compro yo, se lo venderá a un tercero. Si no tengo la cantidad de dinero que me pide ¿puede venderlo y así echarme del piso?
Respuesta: No, no le pueden echar. Si usted no ejerce su derecho de retracto y la vivienda es adquirida por un tercero, el nuevo propietario asumirá la condición de arrendador y su contrato continuará vigente.
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Noticia vía: elmundo.es