Como administrador de fincas en Madrid, recibo muchas llamadas angustiadas de propietarios que se encuentran ante una situación límite: sus inquilinos han convertido la convivencia en una guerra abierta. Imaginen un piso de cuatro habitaciones alquilado a una sociedad o a varios particulares bajo un mismo contrato. De repente, dos de ellos dejan de hablarse, comienzan los gritos a deshoras, los reproches en zonas comunes y, lo que es peor, las quejas constantes del resto de la comunidad de vecinos.
En el despacho de Soluciones y Mediaciones, vemos cómo este tipo de conflictos escala rápidamente. El propietario se siente impotente al ver que su vivienda es escenario de un conflicto que incumple las normas básicas de convivencia, afectando gravemente a la paz de la finca.
La base legal: resolución de contrato por actividades molestas
Cuando un contrato de arrendamiento se firma por varios inquilinos, estos suelen ser solidarios. Esto significa que todos responden de la totalidad de las obligaciones frente al propietario. Si la convivencia se vuelve imposible, debemos acudir a la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). El artículo 27.2.e) es nuestro mejor aliado legal: el arrendador puede resolver el contrato de pleno derecho cuando en la vivienda tengan lugar actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.
El problema principal no es solo la mala relación entre ellos, sino la perturbación que esto causa en la tranquilidad de la comunidad de vecinos. Si los gritos, las disputas o los golpes en la puerta son constantes, estamos ante un caso claro de abuso en el uso de la vivienda que rompe la paz social del bloque. Como mediador, recomiendo siempre documentar cada incidencia con partes policiales o comunicaciones por escrito, ya que serán las pruebas fundamentales en un hipotético juicio de desahucio.
¿Qué hacer si los inquilinos no se ponen de acuerdo?
Si usted es el propietario y tiene un contrato único donde figuran los cuatro inquilinos, la situación es compleja. No puede simplemente expulsar a los «conflictivos» sin tocar al resto. La ley entiende que el contrato es un todo indivisible. Sin embargo, en Soluciones y Mediaciones aplicamos una estrategia de mediación preventiva antes de llegar a la vía judicial, que siempre es lenta y costosa en los juzgados de Madrid:
- Reunión presencial de mediación: Convocamos a todas las partes en un entorno neutral. A menudo, el simple hecho de que un tercero experto medie permite que los inquilinos vean las consecuencias legales de sus actos, como la pérdida de la fianza o la posibilidad de una demanda por daños y perjuicios.
- Acuerdo de rescisión voluntaria: Si la convivencia es irreparable, es más barato negociar una salida pactada (acuerdo de terminación de contrato) que iniciar un proceso de desahucio por actividades molestas, que puede alargarse meses.
- Notificación fehaciente: Si la mediación falla, el siguiente paso es un burofax detallando el incumplimiento del contrato y las molestias causadas a la comunidad, otorgando un plazo perentorio para la resolución del conflicto o el abandono del inmueble.
El papel del Presidente de la Comunidad y el Administrador
No olvide que, como propietario, usted es el responsable final ante la comunidad de vecinos según la Ley de Propiedad Horizontal (LPH). Si el presidente de su finca le envía un requerimiento por las molestias que causan sus inquilinos, es usted quien debe responder. Si no actúa, la comunidad podría emprender acciones legales contra usted para solicitar el cese de las actividades e incluso la privación temporal del uso de la vivienda. No deje que el problema de sus inquilinos se convierta en un problema judicial para usted.
Preguntas frecuentes
1. ¿Puedo expulsar solo a los inquilinos que se pelean y mantener el contrato con los otros dos?
No de forma unilateral. Al ser un contrato único, la rescisión afecta a todos. Sería necesaria una novación contractual (un nuevo contrato) con los inquilinos que se quedan, previa aceptación del propietario.
2. ¿Sirve de algo llamar a la policía cada vez que se pelean?
Es vital. La policía no solo calma la situación en el momento, sino que genera un informe. Ese documento es la prueba reina ante un juez para demostrar que la actividad molesta existe y es constante.
3. ¿Qué ocurre si mis inquilinos dejan de pagarme mientras resuelvo este conflicto?
El impago es un motivo independiente de resolución. Si además de las peleas hay impago, el proceso de desahucio se simplifica, ya que podemos acumular ambas causas (actividades molestas e impago) en la demanda.
Conclusión
Gestionar conflictos de convivencia en pisos compartidos requiere mano izquierda y conocimiento exhaustivo de la normativa vigente. En Madrid, los juzgados están saturados, por lo que una gestión profesional desde el minuto uno puede ahorrarle miles de euros y muchos disgustos. No permita que una mala relación entre inquilinos ponga en riesgo su propiedad ni su posición en la comunidad de vecinos.
Si necesita ayuda para mediar, redactar un burofax o iniciar el proceso de resolución de contrato con garantías legales, no dude en acudir a expertos. Contacta con Soluciones y Mediaciones y pondremos orden en su vivienda de forma rápida y profesional.

