Obligación de pago de la ITE: ¿Qué dice la Ley sobre la contribución de todos los vecinos en una Comunidad de Propietarios?

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La Inspección Técnica del Edificio (ITE) es un trámite obligatorio para las edificaciones con más de 50 años de antigüedad. Similar a la ITV del coche, se trata de una revisión periódica destinada a garantizar la seguridad de la construcción.

De acuerdo con el Real Decreto 8/2011, el más reciente hasta la fecha, los edificios con más de 50 años deben pasar esta revisión. Sin embargo, la norma permite que las distintas comunidades autónomas modifiquen este límite. A partir de la primera inspección, el control rutinario debe realizarse cada diez años sin excepción, aunque dependiendo de los resultados, el intervalo entre revisiones puede acortarse.

En el caso de un edificio compuesto por varias viviendas, es la comunidad de vecinos la que asume el gasto de la inspección, para lo que se debe aprobar una derrama colectiva.

¿Quién debe pagar la ITE?

La Inspección Técnica del Edificio (ITE) se realiza tanto en viviendas unifamiliares como en edificios con varios inmuebles. En el caso de las viviendas unifamiliares, los propietarios asumen el costo de la revisión. En cambio, para los edificios, la comunidad de vecinos es responsable del gasto, debiendo aprobar una derrama colectiva para pagar la inspección.

En cuanto al precio de la ITE, no existe una cantidad fija establecida, ya que generalmente depende del tamaño del edificio y del número de inmuebles que contiene.

¿Cómo se pasa la ITE?

Similar a la ITV del coche, la ITE puede tener un resultado favorable o desfavorable, según si el edificio cumple con las condiciones mínimas establecidas por la normativa. La revisión debe ser realizada por un técnico habilitado, quien se encargará de inspeccionar el edificio y realizar las mediciones y comprobaciones necesarias.

Los profesionales cualificados para llevar a cabo estos controles son aquellos con titulaciones relacionadas con la edificación, como arquitectos y arquitectos técnicos. Además, desde 2018, una sentencia del Tribunal Supremo habilita también a los ingenieros técnicos industriales para realizar este tipo de informes.

Fuente «as»