Con motivo de los recientes y continuos cambios en la Ley 37/1992, del Impuesto sobre el Valor Añadido y con el fin de aclarar a nuestro colectivo los distintos tipos de I.V.A. aplicables en cada caso, haciendo click aquí puedes acceder a una publicación de la propia Agencia Tributaria en la que, a través de un esquema muy claro, analiza los tipos aplicables a cada situación.