Cada vez más, en los últimos años se han multiplicado las inspecciones municipales para detectar irregularidades por cerramientos o pequeñas construcciones.
El poder ganar unos metros extras o construir una piscina en casa puede llegar a convertirse en ilegal para sus propietarios cuando se realiza fuera de la ley.
El Plan de Regularización Catastral, puesto en marcha por el Ministerio de Hacienda entre 2014 y 2018, se ha saldado con más de tres millones de expedientes abiertos en toda España por cerramientos, nuevas construcciones o ampliaciones de viviendas sin legalizar.
Según se afirma, las construcciones ilegales en viviendas unifamiliares o comunidades de propietarios suponen entre el 50% y el 60% de la totalidad de las infracciones urbanísticas.
La denuncia se suele dar entre vecinos, el Ayuntamiento y llega hasta el final, ordenando la demolición de lo indebidamente construido. Estas demoliciones se deben hacer por parte del propietario.
Estos problemas suceden como consecuencia de la dejadez de algunos ayuntamientos, en las últimas décadas este tipo de actuaciones y las tareas de inspección son cada vez mayores.
El procedimiento, se caracteriza por ser sencillo: normalmente, se otorga un plazo de dos meses para que el propietario proceda a legalizar la construcción, solicitando la correspondiente licencia municipal. Si se considera legalizable, entonces se otorga la licencia de obras, se impone la correspondiente sanción administrativa y se archiva el expediente. Por el contrario, si no es legalizable y la infracción no ha prescrito, requerirá al infractor para que restaure la legalidad urbanística mediante la demolición de lo construido, imponiendo multas coercitivas.
Aunque depende de la legislación urbanística vigente en cada comunidad autónoma. También el plazo de prescripción para las infracciones urbanísticas varía entre las distintas autonomías: De los diez a los cuatro años para las infracciones muy graves, desde los ocho a los cuatro años para las graves y de cuatro a un año.
Fuente: El País