Administración de Fincas en Madrid

Licencias para el alquiler de viviendas turísticas

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En estos momentos en los que la Administración tiene que atar cada céntimo de euro, la Comunidad de Madrid ha decidido entrar de lleno en el sector de los apartamientos y viviendas turísticasEl Gobierno regional ha aprobado un borrador de decreto en el que se establecen unos requisitos mínimos para las empresas y particulares que quieran alquilar sus pisos a turistas. Hay dos grandes categorías. Una general referida a los apartamentos turísticos (bloques de edificios que ponen en el mercado las viviendas) que están catalogados con dos, tres o cuatro llaves. Deberán tener, obligatoriamente, entre otros servicios, portero. El otro gran segmento es el de las viviendas en alquiler que tendrán que identificarse con una placa, como los alojamientos rurales.

Así lo ha explicado el portavoz del Gobierno regional, Salvador Victoria, quien ha dicho que se remitirá el borrador de decreto aprobado hoy al Consejo Consultivo para que de su parecer. Victoria ha precisado que la intención del Ejecutivo autonómico es establecer unos baremos de calidad a los turistas, así como el dar seguridad jurídica a todos aquellos que alquilen un piso por internet.

«Persigue proteger los derechos de los usuarios, acabar con la competencia desleal, el intrusismo y fomentar la generacion de empleo. Este decreto, ademas, actualizara la normativa sobre otro tipo de alojamiento, los apartamentos turísticos, cuya regulación estatal fue derogada en 2010.

La Comunidad de Madrid estima que en la región hay entre 6.000 y 8.000 viviendas de uso turístico, cuya comercialización se realiza mayoritariamente a través de Internet», ha explicado. 

Como cualquier otra actividad económica regulada, los propietarios de las viviendas o los apartamentos tendrán que pagar sus impuestos y solicitar la correspondiente licencia al Ayuntamiento del que dependan.

«La normativa tratara de abrir una nueva vía a la inversión y la creación de nuevas empresas, que contribuirían a la reactivación económica y en consecuencia a la creación de empleo, ya que dará seguridad jurídica a posibles nuevos inversores en este sector de actividad».

El borrador de decreto define las viviendas de uso turístico como viviendas, pisos o apartamentos que se pueden ofrecer al publico de forma integral (no por habitaciones), y los engloba en una sola categoría. Tendrán carácter de alojamiento turístico, por lo que quedaran inscritas en el Registro de Empresas Turísticas, deberán tener una placa distintiva y los precios tendrán que estar expuestos en un lugar visible a la entrada. Las viviendas de uso turístico no podrán utilizarse como residencia permanente. El inicio de la actividad estar sujeto a la presentación de declaración responsable.

El futuro decreto sustituye ademas la regulación estatal anterior sobre los apartamentos turísticos, que fue derogada en 2010. «La nueva norma determinara, previsiblemente, la capacidad mínima de los apartamentos, el régimen de precios y la ratio de habitaciones adaptadas que deben disponer, así como la placa identificativa que debe mostrar según su categoría. La clasificación prevista respetara la tradicional identificación mediante 4, 3, 2 y 1 llaves», ha señalado.

Actualmente figuran en el Registro de Empresas Turísticas 120 establecimientos que prestan su actividad como apartamentos turísticos en la Comunidad de Madrid, con un total de 9.074 plazas.

Según informo Salvador Victoria, para la redacción del borrador de decreto se han efectuado consultas a las asociaciones representativas del sector del alojamiento. El portavoz destaco que la petición de regulación ha sido unánime tanto por las asociaciones del alojamiento hotelero, pensiones, hostales y casas de huéspedes como por las nuevas asociaciones de alojamiento en viviendas de uso turístico, recientemente creadas.

Foto vía: Circo Ambulante vía photopin cc | Noticia vía: elmundo.es