Junta de propietarios: ¿cómo se convoca…?

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Como complemento al artículo de «Junta de propietarios: ¿qué, quién, cuándo, cómo…?», reproducimos otra guía de Alicia Elizalde, Redactora jurídica de Rocket Lawyer, que explica, paso a paso, cómo se convoca una Junta de Propietarios. La autora, como es su costumbre, expone de modo breve y claro los pasos a seguir, los tiempos oportunos y los errores que conviene evitar:

¿Quién debe realizar la convocatoria?

La competencia para realizar la convocatoria corresponde al presidente de la comunidad de propietarios. La comunidad tiene derecho a que se le expliquen anualmente las cuentas del año que haya pasado y se le presente el presupuesto de gastos para el año siguiente.

En los casos de ausencia o imposibilidad del presidente de la comunidad podrá convocar la junta el vicepresidente si la comunidad hubiera nombrado alguno.

Antes de la convocatoria el presidente debe pedir al administrador de la comunidad que prepare el plan de gastos previstos y las cuentas del año que se termina, y cuya aprobación o desaprobación será uno de los cometidos de la junta ordinaria.

¿Dónde debe celebrarse la reunión?

La norma reguladora de las comunidades de propietarios no dice nada sobre el lugar en el que debe convocarse a los propietarios a la celebración de la junta ordinaria, por lo que si no se ha señalado nada sobre ello en los estatutos de la comunidad, aconsejamos que los propietarios se reúnan en el propio inmueble.

Contenido de la convocatoria

En la convocatoria de la junta de propietarios debe indicarse:

  • Día, hora y lugar en el que se celebrará la junta: Dónde y cuándo se van a reunir los propietarios en junta. Cuando se trate de convocar una junta ordinaria, es necesario notificar a los propietarios al menos 6 días antes de la fecha prevista para la celebración. Se puede incluir también el día, hora y lugar para la celebración de la reunión en segunda convocatoria, por si no se alcanza el quórum o la cantidad necesaria para la celebración de la primera convocatoria por falta de asistencia de algunos propietarios.
  • Orden del día: Deben enumerarse detalladamente las cuestiones que van a ser objeto de debate. Tratándose de la junta de propietarios ordinaria han de figurar, al menos la presentación y aprobación de las cuentas y la presentación y aprobación del presupuesto para el año siguiente.
  • Listado de propietarios morosos: La convocatoria debe contener una lista de los propietarios que no han pagado cuotas o recibos de comunidad.

Citación de los propietarios

La convocatoria elaborada debe ser notificada por el administrador de la comunidad a todos y cada uno de los propietarios. Puede realizarse de dos formas:

  • Citación personal: Debe hacerse por escrito de forma personal a cada propietario y al menos 6 días antes de la fecha prevista para la celebración de la junta. Conviene utilizar un medio que deje constancia de la recepción para evitarás posibles conflictos. Puede hacerse por carta (certificada o no), telegrama, burofax, entrega en mano en la propia vivienda, entrega en buzón, etc.
  • Publicación en tablón de anuncios: Este mecanismo de notificación solo puede usarse si se ha intentado pero no se ha conseguido notificar en el domicilio designado para ello por los propietarios, o en el piso o local perteneciente a la comunidad. Podrás publicar la convocatoria en el tablón de anuncios de la comunidad o en el lugar habilitado para ello.

Fuente: Rocket Lawyer España

Imagen: Benjamin Child