La firma electrónica está regulada por la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, que desde su fecha de promulgación ha ido sufriendo sucesivas modificaciones, estando prevista la próxima para el 2 de octubre de 2016. Además de la regulación española en la materia, nos encontramos con el Reglamento Europeo de Identificación Electrónica 910/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, que entrará en vigor casi en su totalidad (antes ya se aplicaban algunas de sus disposiciones) el 1 de julio de 2016 y que deroga la Directiva 1999/93/CE. La existencia de un marco normativo bastante amplio sobre el asunto, unido a la diferente terminología –firma electrónica, firma digital, certificado digital, entre otras– no dejan claro el significado, alcance y utilidad de la firma, tanto para las personas físicas como para las personas jurídicas. Estamos ante un tema muy vivo y en constante cambio sobre el que pretendemos arrojar un poco de luz en este artículo