Después de casi dos años deshojando la margarita (‘Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios’), el Gobierno por fin ha dado la puntilla a los índices hipotecarios IRPH Cajas, IRPH Bancos y Ceca, cuya vida debía haber acabado el 29 de abril de 2013, pero se había prorrogado a falta de un régimen transitorio. A partir del 1 de noviembre serán sustituidos por el índice alternativo, en caso de que exista, que aparezca en los contratos hipotecarios en los que rijan como referencia o, en su defecto -si no hay indicador de ‘reserva’-, por el tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años para la adquisición de vivienda concedidos por entidades de crédito en España, que también publica el Banco de España (BE) mensualmente.
Este referente se extraerá de la «media de las diferencias entre el tipo que desaparece y el nuevo valor, calculadas con los datos disponibles entre la fecha de otorgamiento del contrato y la fecha en que efectivamente se produce la sustitución del tipo», según se precisa en la disposición legislativa aprobada por el Gobierno.
El Pleno del Congreso ha dado luz verde de forma definitiva a este régimen transitorio que pone el punto y final a los tres índices en la picota en la nueva Ley de Emprendedores. De este modo, finalmente, el Ejecutivo desoye la petición de los consumidores y diversos partidos políticos que pedían que estas referencias hipotecarias fueran sustituidas por un Euribor +1% en el caso de que en sus contratos no apareciera ninguna alternativa.
Los hipotecados ligados a estos tres indicadores -según Adicae, en torno a un millón– estrenarán índice a partir de noviembre. En caso de tener sustitutivo, éste suele ser el Euribor y, por lo tanto, muchos verán reducidas sus cuotas de manera importante ya que el principal índice hipotecario de España cotiza en el 0,5%. Actualmente -niveles de agosto-, el IRPH Bancos está en el 3,298, el IRPH Cajas en el 3,911% y el Ceca en el 5,875%.
Un panorama muy diferente se abre aquellos hipotecados que no disponen de índice alternativo al principal. Estos pasarán a tener un tipo de interés que el BE denomina ‘Tipo medio de préstamos hipotecarios por adquisición de vivienda libre a más de tres años en entidades de crédito en España’. Es decir, pasarán a tener un interés variable en sus contratos del 3,474% (tasa de agosto). Un nivel que, pese a estar muy por encima del Euribor, es bastante inferior al Ceca y cotiza medio punto por debajo del IRPH Cajas. Sólo los hipotecados con IRPH Bancos aparecen como damnificados (ligeramente) con este cambio de índices.
El cambio de referencia se aplicará a partir de la fecha de revisión que se prevea en cada contrato e implicará la novación automática del contrato «sin suponer una alteración o pérdida del rango de la hipoteca inscrita». «Las partes carecerán de acción para reclamar la modificación, alteración unilateral o extinción del préstamo o crédito como contrapartida de la aplicación de lo dispuesto en esta disposición», se añade en la ley.
Esta modificación ha causado malestar tanto entre las asociaciones de afectados como entre los grupos de la oposición, que pedían que se sustituyera el IRPH por el Euribor más un máximo del 1% y que critican que con la decisión del Gobierno se mantendrán unas tasas de interés mucho más altas para estos clientes hipotecarios que para quienes tienen sus créditos referenciados al Euribor, en niveles muy inferiores actualmente.
Un adiós que se ha alargado dos años
Esta situación se produce después de que en 2011 se decidiera que el IRPH Cajas, IRPH Bancos y el Tipo Ceca expirarían el 29 de abril de 2012. Tras un año transitorio para que las entidades financieras se adaptaran a la nueva situación, sin embargo, el Gobierno no desarrolló a tiempo el nuevo régimen. Por ello, el BE siguió publicando esos índices y los bancos, aplicándolos.
El supervisor decidió ampliar en otros seis meses la vigencia del IRPH, hasta el 6 de octubre de 2013. Tiempo que el Ejecutivo ha aprovechado para preparar el nuevo régimen que, finalmente, ha sido introducido en el proyecto de Ley de Emprendedores, que se remitió al Congreso a través de una enmienda del Grupo Popular.
De este modo, el 25 de julio la Comisión de Hacienda aprobó la inclusión de una nueva disposición adicional fijando el régimen de transición para la desaparición de los índices o tipos de interés de referencia de las hipotecas, que se aplicará a partir del 1 de noviembre, cuando el BE dejará de actualizar los datos y desaparecerán completa y oficialmente estas referencias.
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