El Canal de Isabel II modifica sus tarifas buscando el uso responsable y sostenible

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En el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de fecha 29 de diciembre ppdo., se publicó la ORDEN 419/2012, de 28 de diciembre, del Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno, por la que se aprueba la modificación de las tarifas de los servicios de abastecimiento, saneamiento y agua reutilizable prestados por Canal de Isabel II Gestión, (pinche aquí).

La política tarifaria de Canal de Isabel II se enmarca dentro de los objetivos de administración de los recursos hídricos en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, que se instrumentan a través del desarrollo de los Planes de Garantía del Suministro establecidos en el Plan Hidrológico de la Cuenca del Tajo.

Estos objetivos se concretan en una serie de medidas que pretenden llevar a los ciudadanos, empresas y administraciones públicas a la convicción de un uso prudente, sostenible y responsable de los referidos recursos. En particular, la referida política tarifaria obedece a una serie de principios básicos, como son la transposición de la Directiva Marco del Agua, el fomento del uso responsable del agua y su consumo eficiente y la consecución de un sistema tarifario justo y equitativo.

A tal efecto, la tarifa discrimina por niveles y estacionalidad de consumos además de por tipos de usuarios, como estrategia para fomentar el uso racional del agua y su consumo eficiente, a fin de adecuar las necesidades con la capacidad de suministro del sistema de abastecimiento y de alcanzar el adecuado equilibrio económico-financiero de la prestación del servicio.

Respecto de las tarifas que se aprueban debe destacarse:

a) La consolidación de una tarifa de agua reutilizable, actualizada en 2013, justificada por el impulso decidido que la Comunidad de Madrid está dando a los procesos relativos a la reutilización de agua depurada, al constituir esta un componente esencial de la gestión integral de los recursos hídricos en consonancia con la sostenibilidad medioambiental, contribuyendo al aumento neto de los mismos.

b) Mantener y actualizar los aspectos sociales y económicos a través de la exención de hasta 25 metros cúbicos de consumo al bimestre en usuarios con incapacidad de pago acreditada, la bonificación de las familias numerosas y de las viviendas con más de cuatro personas. Destacar, asimismo, que se mantienen las bonificaciones por fomento del ahorro de consumo tanto a clientes domésticos como comerciales e industriales.

Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima viene obligado a mantener la capacidad de generación de fondos vía tarifa, para acometer las inversiones necesarias para garantizar la prestación de un adecuado servicio, de acuerdo con lo establecido en la normativa reguladora del abastecimiento y saneamiento de agua en la Comunidad de Madrid.

El Canal de Isabel II para el establecimiento de las tarifas de agua, considera cuatro conceptos diferenciados y que no son otros que la aducción del agua, la distribución, la depuración y el alcantarillado, variando el precio según sea invierno o verano. A título meramente informativo, a continuación le detallamos la tarifa de invierno y verano: