Es probable que en su comunidad se hayan cansado ya de la gestión del actual Administrador y que algunos vecinos quieran pedir el cambio de éste. Pero sabemos a caso ¿qué porcentaje de votos a favor es necesario para aprobar en Junta Ordinaria el cambio o destitución del actual Administrador?
En virtud del artículo 13.7 de la Ley de Propiedad Horizontal, «salvo que los estatutos de la comunidad dispongan lo contrario, el nombramiento de los órganos de gobierno se hará por el plazo de un año. Los designados podrán ser removidos de su cargo antes de la expiración del mandato por acuerdo de la Junta de Propietarios, convocada en sesión extraordinaria».
En consecuencia, la comunidad puede acordar remover de su cargo al administrador antes de que finalice dicho plazo mediante el acuerdo adoptado al respecto por mayoría simple sin perjuicio de su derecho a percibir la indemnización correspondiente por los meses que resten hasta la finalización del año.