Conflictos entre propietarios, cómo actuar

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Es bastante probable que hayas tenido algún roce o problema con los propietarios de tu comunidad. La convivencia a veces puede resultar muy complicada, tanto como para llegar ante los órganos judiciales.

Y es que son numerosos los casos de trifulcas entre propietarios que se dirimen ante la Justicia, añadiendo fuertes tensiones a la ya de por sí difícil convivencia. Ruidos, malos olores, discusiones con el conserje, cuotas impagadas, instalación de aires acondicionados o cerramientos de terrazas son sólo algunas de las cuestiones que pueden desatar la guerra en el vecindario.

Malos olores y ruidos

Con frecuencia, las polémicas entre vecinos suelen estar relacionadas con cuestiones básicas de convivencia como, por ejemplo, la higiene. La Audiencia Provincial de Pontevedra ha aceptado la medida de privación de uso de la vivienda durante dos años a una vecina por los malos olores que se desprendían de su hogar por la existencia de animales (gatos) y la acumulación de basura, tal y como quedó demostrado.

La sentencia, del pasado 30 de abril, considera que la medida está justificada y amparada por el artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal, y recuerda que los requisitos para adoptar una decisión de este tipo son «que la actividad se produzca dentro del inmueble, que exceda y perturbe el régimen o estado de hecho usual y corriente en las relaciones sociales, de manera notoria, y que esté suficientemente probada».

Los ruidos o sonidos molestos también pueden traer graves consecuencias. El Tribunal Supremo (TS) llegó a condenar en 2012 a una familia a indemnizar a sus vecinos con 8.000 euros porque una de las hijas tocaba el piano cualquier día de la semana, sin horario fijo y sin respetar las horas de descanso. De nada sirvió que la familia explicara que estaba estudiando 4º curso de piano y necesitaba practicar. El TS consideró que las molestias ocasionadas suponían una vulneración de la intimidad personal y familiar de los vecinos afectados.

‘Person non grata’

Las tensiones vecinales pueden incluso llegar a declarar a algún vecino como persona non grata. Así sucedió en otro caso analizado por el Supremo en 2010, en el que una comunidad de propietarios alcanzó un acuerdo para declarar a varios vecinos no bienvenidos en la comunidad y, además, se solicitaba el examen psiquiátrico de uno de ellos por su actitud de permanente confrontación con la misma.

El Alto Tribunal no vio inconveniente en todo ello y sostuvo que «la utilización de la expresión de declarar persona non grata no entraña ningún ataque al honor al no atribuírseles cualidades o defectos que les puedan hacer desmerecer en el concepto público ni pueden constituir un descrédito» para ellos. «Tal declaración, que no incluye ninguna expresión vejatoria o injuriosa, no es sino manifestación del rechazo por la comunidad de propietarios a la actitud obstruccionista respecto a los acuerdos adoptados en el seno de la misma, el reiterado impago de las cuotas y los procedimientos judiciales iniciados», concluyó.

Tablón de anuncios

Los tablones de anuncios también son fuente de polémica. El TS dio la razón a una comunidad que decidió publicar en la puerta de acceso a un edificio residencial y en la puerta de la piscina una lista con la relación de propietarios que no estaban al corriente de pago de sus deudas comunitarias.

En su sentencia, el Supremo analizaba la posible colisión entre el derecho al honor de uno de los propietarios morosos y el derecho a la libertad de información (comunicación) de la comunidad. Finalmente, se decantó a favor de esta última argumentando, entre otras cuestiones, que la información cumplía con el presupuesto de veracidad respecto a la situación del vecino afectado, y que del comunicado no se desprendía intencionalidad alguna de menoscabar el honor del propietario, al no contener juicios valorativos, ni expresiones injuriosas o insultantes que pudieran ser atentatorias contra su honor.

Conserje

Pero a veces los problemas no surgen sólo entre propietarios. El conserje también puede añadir conflictividad a las relaciones vecinales.

En una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, se recoge el caso de un conserje que fue despedido por amenazas e insultos verbales proferidos al vicepresidente de la comunidad, así como por apropiación indebida al dejar de ingresar en la cuenta de la comunidad cuotas abonadas por los vecinos y efectuar gastos que no se correspondían con las facturas presentadas.

Al acreditarse su conducta reprobable, el órgano judicial declaró el despido procedente, sin tomar en consideración el hecho de que el trabajador se encontrara en situación de incapacidad temporal en el momento de ser despedido.

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Noticia vía: www.expansion.com