Tener una comunidad accesible para las personas con discapacidad es algo que no siempre se cumple, algunos arquitectos no lo tienen en cuenta, haciendo más difícil la situación a algunas personas que padecen discapacidad. Todo la legislación correspondiente a este tema se encuentra recogida en la ley 15/1995 de límites al dominio sobre inmuebles para eliminar barreras arquitectónicas.
Aquellos que solicitan un cambio en su comunidad son, normalmente, personas que lo necesitan o personas que viven con gente que lo requiere. El protocolo suele empezar con la solicitud al Presidente de la Comunidad, apelando al artículo 16.2 de la Ley de de Propiedad Horizontal.
El siguiente paso será celebrar una Junta de Vecinos donde se incluirá una mención a dicha carta y acordar entre todos la ejecución de las obras.
Si el coste de las obras superan las doce mensualidades de gastos comunes, será la Comunidad quien esté obligada a ejecutar y costear las obras de accesibilidad. Si no se consigue una mayoría para la decisión de la Junta, un Juez será el encargado de pronunciarse. Desde Soluciones y Mediaciones ayudamos a la comunidad a llegar al punto más óptimo para toda la comunidad
¿Cuáles son las reformas más habituales?
- Salvaescaleras. Son una solución práctica y segura para que todas las personas que desean mejorar la movilidad dentro de su hogar , para seguir disfrutando de su vida dentro y fuera de casa.
- Plataformas elevadoras. Sumamente versátiles ya que pueden instalarse para salvar escaleras curvas, rectas o pequeños desniveles. Pueden instalarse tanto en el interior como en el exterior de las viviendas.
- Rampas. Sigue siendo habitual encontrarse con escalones en la entrada a algún portal sin que haya ninguna rampa por la que se pueda acceder en silla de ruedas alrededor.
- Ascensores. Cada vez es más habitual verlo en edificios de propietarios pero sigue habiendo bastantes en las zonas céntricas de las ciudades que no disponen de ellos y eso supone un gran impedimento para muchos vecinos.