¿Cómo beneficiarse de la mediación en una comunidad de propietarios?

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¿Por qué nos encontramos con vecinos molestos en las comunidades?  ¿Cómo podemos solucionar los conflictos que estos vecinos provoquen? ¿Es posible transformar estas situaciones en algo positivo para la comunidad, los propietarios y los inquilinos? En este artículo de Ana Criado Inchauspé, mediadora vecinal, publicado el 23 de noviembre en  CAFMadrid se abordan estas y otras cuestiones de capital importancia para todos nosotros.

En ocasiones, las comunidades de propietarios son puro conflicto: ruidos, animales domésticos, impagos, obras, uso común de garajes, piscinas, gimnasios, jardines… La mediación puede ser la mejor de las soluciones.

Si dos copropietarios tienen una desavenencia que lleva tiempo sin resolver, ¿cómo son las juntas de la comunidad? Malos modos, gritos, insultos, etc. Si ese mismo conflicto sin fin lo tienen un copropietario y un inquilino es aún peor, ya que los propietarios de pisos con arrendatarios conflictivos si cobran el alquiler desaparecen de las reuniones.

¿Qué podemos hacer ante un conflicto vecinal?

Cuando hay conflictos siempre se recurre al administrador, delegando en él toda la responsabilidad de la resolución de los mismos. Si el conflicto se resuelve: ni las gracias. Si no se resuelve: el administrador será el responsable del fracaso.

Y es que los conflictos, por mucho empeño que pongamos o por muy lógica que sea la solución, no se resuelven fácilmente. ¿Por qué? Porque sus protagonistas muchas veces no se entienden, ni se hablan, creen tener razón, no son conscientes del perjuicio que están causando, etc.

Los conflictos requieren tiempo: escuchar, reunirse con uno, luego con otro, con los dos…. Añadamos empatía, neutralidad: la solución debe salir de ellas, sin imponerles nada, ya que a nadie nos gusta que nos digan lo que tenemos hacer. Sumemos confidencialidad, flexibilidad, dotes de negociación, capacidad de escucha, no tomar partido y concluir con un acuerdo que comprometa a los firmantes.

La mediación, una solución consensuada.

En esos casos, ¿qué podemos hacer? Recurrir a un mediador vecinal. Según la Ley 5/2012 de mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles, el mediador convocará a las partes, las escuchará, trabajará las posibles soluciones con ellas, y si llegan a acuerdos redactará un acuerdo y un acta final de mediación, que en función de su contenido, se podrá elevar a público ante notario, para que si una de las partes no cumpliera con lo estipulado, el acuerdo tenga eficacia ejecutiva en los juzgados.

La mediación se inicia con una sesión informativa a las partes. Si una de ellas no quisiera asistir, el mediador elaborará un informe, en el que constará quien asistió o no a dicha sesión para aportarlo a la comunidad como prueba de las gestiones realizadas.

¿Qué coste tiene un proceso de mediación?

Una sesión informativa con informe tiene un coste medio de entre 90 y 120 euros, mientras que la sesión de mediación entre 90 y 150 euros, con una duración de hora y media por sesión. Se recomienda como número de sesiones de mediación necesarias un mínimo de una y un máximo de cuatro.

Supongamos que el mediador cobra 90 euros por la sesión informativa con las partes, y que la resolución del conflicto se realice en tres sesiones, a 120 euros cada una. El coste final de la resolución del conflicto estaría en 450 euros con la redacción de acuerdos y acta final incluidos.

Lo peor que puede pasar es que la mediación se quede en la sesión informativa, con un coste de entre 90 y 120 euros con informe incluido o lo que es lo mismo, 10 euros al mes durante un año.

 

Imagen: Samuel Zeller
Fuente: CAFMadrid