Publicada la Orden de Bases Reguladoras para la concesión de ayudas a la Rehabilitación de edificios.
Los objetivos de estas ayudas, son mejorar:
- la eficiencia energética
- la sostenibilidad
- la seguridad de utilización
- la accesibilidad
- y fomentar la conservación
La dotación presupuestaria para estas ayudas, dentro del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, asciende a 27.543.600 €, repartidos en los ejercicios 2019, 2020 y 2021.
Para este año 2019 tienen un presupuesto de 9.000.000 euros.
¿Quién puede beneficiarse de estas ayudas?
- Comunidades de propietarios y agrupaciones
- Propietarios de viviendas
- Propietarios únicos de edificios de viviendas
- Sociedades cooperativas
- Administraciones públicas
- Empresas constructoras, arrendatarias o concesionarias de edificios
- Empresas de servicios energéticos
¿Qué tipos de obras son subvencionables?
Eficiencia energética y sostenibilidad
- Reducción de la demanda energética ≥ 35/25 %
- Mejora de la envolvente térmica del edificio
- Instalaciones de calefacción/refrigeración
- Instalaciones de suministro de agua
- Mejoras en la protección frente al ruido
- Reducción de radón en el interior de edificios
- Eficiencia de sistemas de iluminación en zonas comunes
- Movilidad sostenible
Conservación
Carácter desfavorable en el IEE o informe técnico equivalente
- Cimentación y estructura
- Instalaciones
- Cubiertas y azoteas
- Fachadas y medianerías
Se incluyen los procesos de desamiantado cuando van acompañados de alguna de estas actuaciones.
Seguridad de utilización y accesibilidad
Accesibilidad universal
- Instalación de ascensores, salvaescaleras, rampas u otros dispositivos de accesibilidad
- Accesibilidad universal en el interior de las viviendas (vías de circulación, baños y cocinas)
- Elementos de control, información y aviso (domótica, señales luminosas/sonoras, …)
- Mejora de las condiciones DB-SUA
Las obras deben estar iniciadas con posterioridad al 01/01/2018 y el plazo máximo para terminarlas será de 24 meses contados desde la concesión de la ayuda (26 meses, si se actúa en 40 viviendas o más).
Importe de las ayudas
Importe de las ayudas
- Hasta 8.000 € por vivienda y 80 €/m² de superficie construida de local participante
- Con un máximo 40% de la inversión subvencionable
Particularidades en el importe de las ayudas
- Eficiencia energética y sostenibilidad: 12.000 €/viv. en caso de viviendas unifamiliares
- Construcción, seguridad de utilización y accesibilidad: 3.000 €/viv. si exclusivamente conservación
Posibilidad de incrementos
Destinatarios de los incrementos
- Bienes de Interés Cultural (BIC): La Comunidad de propietarios
- Propietarios con ingresos inferiores a 3 veces el IPREM (hasta el 75 % de su inversión subvencionable)
- DISCAPACIDAD: hasta el 75 % de su inversión subvencionable
Requisitos de los edificios y viviendas
- Estar finalizados antes de 1996, salvo excepciones
- El 70 % de la superficie construida tenga uso residencial de vivienda
- El 50 % de las viviendas sean el domicilio habitual
- Informe de Evaluación del Edificio, con carácter previo
- Acuerdo de la comunidad de propietarios
- Proyecto de Ejecución / Memoria técnica
- Autorización/es administrativa/s correspondientes
Normativa
Legislación
ORDEN de 20 de marzo de 2019, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas al fomento de la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad y fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas
Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021
Fuente: Comunidad de Madrid
Imagen: Milivoj Kuhar