Ante las numerosas consultas que están surgiendo en torno a la posible pérdida de recepción de ciertos canales de televisión a partir del 1 de enero del 2015 y de las subvenciones que se pueden solicitar vamos a intentar despejar las posibles dudas creadas.
SINTONIZACIÓN:
Si el día 1 de enero no se han instalado los módulos necesarios o reprogramado las centralitas digitales para poder ver los multiplex 26 y 41 no se podrán ver los siguientes canales: Boing, Energy, Gol TV, La 1 HD, tdp y tdp HD, pudiéndose ver todos los demás simplemente con la resintonización de los televisores o aparatos de TDT.
No es necesario esperar al 1 de enero para resintonizar los equipos, en estos momentos todos los canales se pueden sintonizar en su frecuencia definitiva, indicación que aparece en la pantalla del televisor al sintonizar el canal correspondiente.
Hoy la mayoría de los canales se emiten en frecuencias duplicadas pero a partir del 1 de enero sólo se podrán ver en sus frecuencias definitivas.
La sintonización es una acción sencilla que no tiene coste alguno y en algunos televisores se realiza de forma automática. En caso contrario se debe proceder a la resintonización manual, para saber cómo hacerlo, se puede consultar el manual del televisor o bien con el siguiente manual que puede descargar haciendo click aquí.
SUBVENCIONES:
En la Comunidad de Madrid se va a subvencionar como mucho la instalación de tres módulos por un importe máximo de 350,00 euros en el caso de una única cabecera, 700,00 euros en el caso de dos cabeceras y 1.050,00 euros en el caso de tres o más cabeceras. La reprogramación de las centralitas tendrá una subvención de 100,00 euros por cabecera hasta un máximo de tres cabeceras.
La subvención se podrá pedir para las actuaciones realizadas entre el 1 de junio de 2014 y el 30 de junio de 2015, por lo que si antes de finalizar el año no se ha realizado la adaptación el único inconveniente es que se dejarán de ver ciertos canales como se ha comentado anteriormente, pero se podrá solicitar la subvención posteriormente ya que el plazo de presentación de la solicitud para las subvenciones está en vigor en la actualidad y finalizará el 30 de junio del 2015.
Los solicitantes podrán presentar su solicitud únicamente por vía telemática, a través del servicio del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, accesible en: (ayudas.televisiondigital.glob.es) donde deberán cumplimentar el formulario electrónico habilitado a tal efecto y aportar la documentación en formato electrónico.
El Director de la Entidad Pública Empresarial Red.es deberá resolver la solicitud de subvención, a partir del 1 de enero del año 2015, en el plazo máximo de tres meses a contar desde que se presentó.
Podrán optar a la subvención las edificaciones regidas en comunidad de propietarios y sujetas al régimen de propiedad horizontal que además tengan un CIF precedido por las letras H o E y que dispongan de un número de cuenta bancaria propio ya que no se contempla el ingreso de más de una subvención en una misma cuenta.
Para más información pincha aquí donde aparecerá el texto completo de la resolución.