Protocolos de actuación de la comunidad de propietarios ante incidentes en las zonas comunes que provoquen lesiones
- Normas de Actuación Sanitaria:
¿Cuál es la vinculación que une al accidentado con la comunidad de propietarios?
- Relación contractual directa, (trabajador contratado por la Comunidad, portero, conserje, jardinero, limpiadora,…):se trata entonces de un Accidente de Trabajo .
- En este caso el trabajador debe acudir al centro asistencial más próximo, perteneciente a la Mutua de Accidentes a la que se encuentre asociada la Comunidad, para recibir la atención sanitaria precisa.
- Puede darse la circunstancia de que la Comunidad de Propietarios no se encuentre asociada a ninguna Mutua de Accidentes, por lo que la asistencia sanitaria le seria prestada en el centro asistencial más cercano, perteneciente a la Seguridad Social.
- Relación Contractual Indirecta (trabajador de una empresa externa)
- Estamos igualmente ante un Accidente de Trabajo, pero de una empresa externa. En este caso el trabajador accidentado debe comunicárselo a su empresa y acudir al centro asistencial más próximo perteneciente a su Mutua de Accidentes o al de la Seguridad Social, en el caso de no estar la empresa asociada a ninguna Mutua de Accidentes.
- Ninguna relación contractual con la Comunidad:
- En este caso NO se trata de Accidente de Trabajo, por lo que deberá acudir a cualquier centro asistencial.
- Normas de Actuación Administrativa:
- Se trata de Accidente de Trabajo: Relación contractual directa, (trabajador contratado por la Comunidad, portero, conserje, jardinero, limpiadora,…),: se comunica al Administrador de Fincas para cursar el oportuno Parte de Accidente de Trabajo, y al Servicio de Prevención Ajeno para su Investigación (si procede) y registro.
- Se trata de Accidente de Trabajo pero de una empresa externa: se comunica al Administrador de Fincas para su Registro, de cara a una hipotética responsabilidad subsidiaria, y su tramitación al Seguro de Responsabilidad Civil, si procede, y al Servicio de Prevención Ajeno para su Investigación (si procede), registro y coordinación con la Empresa Externa.
Noticia de CAFMadrid