El auge del comercio online ha convertido los portales de las comunidades en auténticos puntos de recogida. En muchos edificios, el conserje se ha convertido en el “repartidor” extraoficial del bloque… pero ¿tiene realmente la obligación de hacerse cargo de todos esos paquetes?
La respuesta no es tan simple: depende del contrato del trabajador, de las normas de la comunidad de propietarios y también de la autorización expresa de cada vecino.
No siempre es una obligación
Tradicionalmente, los porteros y conserjes han recibido el correo ordinario de los propietarios dentro del régimen de propiedad horizontal. El problema es que el volumen de paquetes se ha disparado y esa tarea puede ocupar buena parte de la jornada y añadir responsabilidades que no siempre están previstas.
Recoger paquetería solo será una obligación cuando:
-
Así lo establezca su contrato laboral o el convenio aplicable.
-
Las normas internas de la comunidad (estatutos, reglamento de régimen interior o acuerdos en junta) incluyan expresamente esa función.
-
El vecino destinatario autorice de forma expresa que el conserje pueda recibir sus envíos en su nombre.
Sin estos tres elementos, el conserje puede negarse a hacerse cargo de la paquetería sin estar incumpliendo sus funciones.
Funciones habituales del conserje en una comunidad
Las tareas de un conserje pueden variar de una finca a otra, pero, en general, suelen incluir:
-
Control de accesos: supervisar la entrada y salida de personas, registrar visitas si así se establece y velar por la seguridad del edificio.
-
Pequeño mantenimiento: encargarse de incidencias menores y avisar a los servicios técnicos cuando sea necesario.
-
Limpieza de zonas comunes: en algunos edificios también asume la limpieza de portales, escaleras o patios; en otros, esta labor recae en una empresa externa.
-
Vigilancia del cumplimiento de las normas de convivencia: recordar a los vecinos las reglas pactadas y canalizar quejas o avisos a la comunidad.
-
Recepción de correo y paquetería: en muchos casos recoge cartas y paquetes y los custodia hasta que los propietarios los retiran, e incluso los sube a las viviendas si así se ha acordado.
¿Qué no debe hacer un conserje?
Igual de importante que definir sus funciones es marcar los límites. Según los expertos en administración de fincas, un conserje no debería:
-
Realizar trabajos especializados que requieren un profesional (electricidad, fontanería, cerrajería, jardinería avanzada, etc.).
-
Hacer recados personales para los vecinos (ir al supermercado, hacer gestiones privadas, etc.).
-
Asumir el papel de “árbitro” en conflictos: su función es informar y trasladar incidencias, no tomar decisiones que corresponden al presidente o a la junta de propietarios.
¿Qué puede hacer la comunidad si quiere que el conserje recoja paquetes?
Si en un edificio se considera útil que el conserje actúe como punto de recogida, los administradores recomiendan:
-
Revisar el contrato del conserje y, si es necesario, actualizarlo para incluir claramente la recepción de paquetería y las condiciones (horarios, límites de volumen, protocolo de entrega…).
-
Aprobar un acuerdo en junta de propietarios que regule este servicio: qué puede aceptar, dónde se guardan los paquetes, cuánto tiempo se custodian, qué ocurre si hay pérdidas o daños, etc.
-
Recabar autorizaciones por escrito de los vecinos que quieran que el conserje reciba sus paquetes, para evitar problemas de responsabilidad o de protección de datos.
-
Valorar la carga de trabajo: si el volumen de envíos es muy alto, puede ser necesario ajustar la jornada, reforzar el servicio o establecer límites (por ejemplo, no recoger paquetes voluminosos).
El conserje no está automáticamente obligado a recoger todos los paquetes del edificio. Solo lo estará si esa tarea forma parte de su contrato o de las normas de la comunidad y siempre que cuente con la autorización del propietario destinatario. En un contexto de compras online masivas, la clave está en regular bien el servicio para evitar conflictos y sobrecargar al personal de la finca.

